inta la voz solemne del
_Salia_, eterno arrullador de la vega.
Carmencita, absorta en su desconsuelo, se levanto de pronto estremecida
por un resoplido siniestro, y, toda temblorosa, grito una vez mas:
-iLa _netigua_!...
De las habitaciones de don Manuel salian ya los chillidos agudos de dona
Rebeca, y el ave agorera tendia sobre el azul cobalto de la noche su
vuelo silencioso....
El hidalgo de Luzmela habia muerto.
SEGUNDA PARTE
I
Cuatro anos han pasado muy callandito sobre la vida de Carmen. Solo
ella sabe que aquel monton de horas esta todo mojado de lagrimas, que no
ha reido en su vida ninguna de aquellas cuatro primaveras con el
alborozo de las ilusiones, ni ha cantado en su pecho ninguno de aquellos
estios la enardecida estrofa de la juventud.
El singular testamento de don Manuel de la Torre fue un jiron de locura
mansa que, desgarrado del noble corazon del solariego, quedo flotando
sobre la cabeza inocente de su hija, como nube de un drama silencioso.
Habia quedado Carmencita llena de terror en las manos de dona Rebeca, y
dona Rebeca tendia con ansia sus garras de _netigua_ hacia la herencia
codiciada, sin poder apresar los caudales, por tener las unas llenas de
la carne inocente de la nina, flor de pecado y de dolor.
Al consumar don Manuel aciagamente sus propositos de ultima voluntad,
exacerbo todas las malas pasiones de su familia y sembro de torturas la
senda de Carmen alli donde quiso dejar para ella rosas de piedad y
lozanos capullos de ternura.
Todos los deseos del de Luzmela quedaron atados en su testamento, dentro
de la rigidez del derecho legal, con solida habilidad y prevision, y
dona Rebeca hubo de someterse con aparente comedimiento a las
disposiciones de su hermano y fingir que cobijaba a Carmen en regazo
maternal.
Con el tecnicismo severo de las clausulas testamentarias, la senora de
Rucanto quedaba sometida al cargo de administradora de la media fortuna
del caballero hasta la hora acordada por aquel, y solo a titulo de
amparadora de la nina. Por el bienestar de esta velarian las leyes, "sin
empecer la accion y facultades conferidas a un rancio solariego de los
contornos, nombrado tutor de la pequena y asistido del derecho de
retrotraer para la misma el legado de don Manuel en caso de que dona
Rebeca no cumpliese las condiciones impuestas por el testador...."
Cuando llego a Rucanto la nina de Luzmela, la recibieron los sobrinos de
don Manuel con indiferencia
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