un doctrina de las Escuelas, como lo he mostrado en
mi discurso _sobre la aplicacion de la Filosofia a las asuntos de
Religion_. En fe de esto, el mantener tantas queestiones sobre
maleficios, pactos implicitos y sus efectos, como hay en las Sumas de
Moral, ?puede servir para otra cosa, que para fomentar vanas opiniones,
y radicarlas en el Pueblo, de donde de todo punto se debieran desterrar?
Son certisimos los documentos que dio el Divino Legislador Jesu-Christo
para dirigir bien nuestras costumbres: son de inviolable fe los canones
que la Iglesia nos prescribe para este efecto: es de sumo peso la
doctrina que los Padres nos han dexado, gobernados de las propuestas
luces para que nuestras obras sean laudables: son fixos y ciertos los
principios del Derecho Natural, y de las Gentes para dirigir nuestra
conducta en ese ramo. Si hay, pues, estos principios ciertos, seguros, e
indubitables, ?a que proposito inventar otros para fomento de opiniones?
?Sera creible que Dios nos haya dado luces para hacer demostraciones
fisicas, matematicas, y de otras cosas puramente mundanas, y nos haya
dexado envueltos entre dudas y discordias sobre nuestra salud eterna? No
digo por eso, que todo se haya de demostrar en lo Moral, porque los
adherentes que se mezclan con los asuntos principales, nuestra flaqueza,
ignorancia, y descuidos hacen, que no siempre podamos llegar a ver con
toda evidencia la conformidad de nuestras resoluciones con las verdades
fundamentales; pero estoy cierto, que si se estudian los verdaderos
principios del Moral, y se trabaja en hacer la debida aplicacion de
ellos al exercicio de nuestras operaciones, se procedera con mas acierto
en materia de costumbres, y se podran quitar de este estudio un
copiosisimo numero de opiniones ruidosas.
[49] En los tiempos antiguos, sin estas Sumas oian los Doctores
Eclesiasticos las dudas de los Fieles sobre su modo de obrar, y las
resolvian por estas maximas; y si no alcanzaban a hacerlo en casos muy
graves, consultaban los Obispos, los quales, segun la doctrina de la
Iglesia, cuya custodia les esta encargada, quitaban las dificultades.
Para dirigir el juicio con acierto en las opiniones conviene distinguir
las cosas de hecho y las de doctrina. Llamamos cosas _de hecho_ las que
son, han sido, o han de ser, asi en lo Fisico, como en lo Moral, de
manera, que lo que se busca en ellas es, si existen, han existido, o han
de existir. Cosas de _doctrina_ son las averiguaciones que hace e
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